¿En qué consiste?
El divorcio ante notario es el procedimiento mediante el cual dos cónyuges pueden poner fin a su matrimonio de mutuo acuerdo mediante el otorgamiento de una escritura pública de divorcio, siempre que se cumplan los requisitos establecidos legalmente.
Ambos cónyuges deben manifestar su voluntad de divorciarse de forma libre y conjunta ante el Notario. Asimismo, deberán acordar las medidas que correspondan y, en su caso, presentar el convenio regulador que recoja los efectos del divorcio.
Para poder tramitar el divorcio ante notario, deben haber transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio y no deben existir hijos menores no emancipados o hijos mayores respecto de los cuales se hayan establecido judicialmente medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores.
Además, los cónyuges deben intervenir asistidos por un abogado en ejercicio, que prestará asesoramiento legal durante el procedimiento.
Una vez otorgada la escritura pública de divorcio, el Notario remitirá la documentación necesaria al Registro Civil para que se practique la correspondiente inscripción.
Documentación necesaria
Documento nacional de identidad, pasaporte o documento de identificación en vigor de ambos cónyuges.
Certificado literal de matrimonio expedido por el Registro Civil.
Libro de familia, cuando corresponda.
Convenio regulador acordado por ambos cónyuges, en el que se establezcan las medidas derivadas del divorcio.
Documentación relativa a los hijos mayores o emancipados que convivan en el domicilio familiar y que puedan verse afectados por las medidas acordadas, cuando proceda.
Documentación relativa a los bienes, cargas y obligaciones económicas objeto de acuerdo, cuando sea necesario para formalizar las medidas correspondientes.
Documento acreditativo de la intervención del abogado.
La documentación concreta puede variar en función de las circunstancias personales y patrimoniales de cada matrimonio. Por ello, es recomendable consultar previamente con la Notaría qué documentación debe aportarse.
Fiscalidad
El divorcio ante notario genera los correspondientes honorarios notariales, cuyo importe dependerá de la escritura y de las actuaciones que deban realizarse.
Además, si con motivo del divorcio se realiza la liquidación del régimen económico matrimonial o se producen adjudicaciones de bienes, pueden existir consecuencias fiscales que deberán analizarse en función de las circunstancias concretas de la operación.
¿En qué situaciones se puede utilizar este servicio?
Divorcio de mutuo acuerdo
Cuando ambos cónyuges están de acuerdo en poner fin al matrimonio y pueden alcanzar un acuerdo sobre las medidas que regularán sus efectos.
Matrimonios sin hijos menores no emancipados
Cuando no existen hijos menores no emancipados o hijos mayores respecto de los cuales se hayan establecido judicialmente medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores.
Liquidación del régimen económico matrimonial
Cuando los cónyuges desean aprovechar el procedimiento para acordar y formalizar, cuando proceda, la liquidación de su régimen económico matrimonial y el reparto de los bienes comunes.
Regulación de las medidas del divorcio
Cuando es necesario establecer mediante convenio cuestiones como el uso de la vivienda familiar, las pensiones o las relaciones económicas entre los cónyuges, de acuerdo con las circunstancias del caso.
Divorcio con acuerdo sobre los bienes
Cuando ambos cónyuges han alcanzado un acuerdo respecto de la distribución y adjudicación de sus bienes y desean formalizarlo conjuntamente con el divorcio, cuando legalmente sea posible.
