Notaría Alejandro Fliquete Cervera · Paterna

Si ya le han concedido la nacionalidad española, puede hacer la jura o promesa ante notario en lugar de esperar cita en el Registro Civil. La notaría también prepara otros documentos que se piden en trámites de extranjería, como declaraciones, poderes o copias autenticadas.

Para empezar, tenga a mano:

  • Pasaporte o NIE en vigor
  • Documento que le ha pedido la administración, si lo tiene · Si procede

Puede adjuntarlos en el encargo online o aportarlos más adelante.

Cómo funciona

  1. Cuéntenos qué trámite tiene y envíe su pasaporte o NIE y lo que le haya pedido la Administración.
  2. La notaría revisa la documentación y le dice si falta algo.
  3. Firma ante notario en persona, en la fecha acordada.
  4. La notaría envía el acta al Registro Civil o le entrega el documento para presentarlo donde corresponda.

Preguntas frecuentes

¿Puedo hacer la jura de nacionalidad ante notario?

Sí. Una vez concedida la nacionalidad, la jura o promesa puede hacerse ante notario, que remite el acta al Registro Civil para la inscripción. Tenga a mano la resolución de concesión.

¿Qué documentos necesito?

Normalmente su pasaporte o NIE en vigor y la resolución o requerimiento de la Administración. Si algún documento es extranjero, puede necesitar traducción jurada y apostilla o legalización.

¿Hace falta saber español?

El notario debe asegurarse de que usted entiende lo que firma. Si no domina el idioma, puede acudir con un intérprete; la notaría le indicará cómo hacerlo.

¿Se puede hacer por videoconferencia?

La jura de nacionalidad no: se hace en persona. Algunos documentos que se piden en extranjería, como un poder, sí pueden firmarse a veces por videoconferencia; pregunte a la notaría.

¿Quiere hacer este encargo con nosotros?

Envíenos sus datos y la documentación por internet y le contactaremos para prepararlo.

Hacerlo online

Información general. La notaría revisará su caso concreto.