Notaría Alejandro Fliquete Cervera · Paterna
Si ya le han concedido la nacionalidad española, puede hacer la jura o promesa ante notario en lugar de esperar cita en el Registro Civil. La notaría también prepara otros documentos que se piden en trámites de extranjería, como declaraciones, poderes o copias autenticadas.
Para empezar, tenga a mano:
- Pasaporte o NIE en vigor
- Documento que le ha pedido la administración, si lo tiene · Si procede
Puede adjuntarlos en el encargo online o aportarlos más adelante.
Cómo funciona
- Cuéntenos qué trámite tiene y envíe su pasaporte o NIE y lo que le haya pedido la Administración.
- La notaría revisa la documentación y le dice si falta algo.
- Firma ante notario en persona, en la fecha acordada.
- La notaría envía el acta al Registro Civil o le entrega el documento para presentarlo donde corresponda.
Preguntas frecuentes
¿Puedo hacer la jura de nacionalidad ante notario?
Sí. Una vez concedida la nacionalidad, la jura o promesa puede hacerse ante notario, que remite el acta al Registro Civil para la inscripción. Tenga a mano la resolución de concesión.
¿Qué documentos necesito?
Normalmente su pasaporte o NIE en vigor y la resolución o requerimiento de la Administración. Si algún documento es extranjero, puede necesitar traducción jurada y apostilla o legalización.
¿Hace falta saber español?
El notario debe asegurarse de que usted entiende lo que firma. Si no domina el idioma, puede acudir con un intérprete; la notaría le indicará cómo hacerlo.
¿Se puede hacer por videoconferencia?
La jura de nacionalidad no: se hace en persona. Algunos documentos que se piden en extranjería, como un poder, sí pueden firmarse a veces por videoconferencia; pregunte a la notaría.
¿Quiere hacer este encargo con nosotros?
Envíenos sus datos y la documentación por internet y le contactaremos para prepararlo.
Información general. La notaría revisará su caso concreto.
