Notaría Alejandro Fliquete Cervera · Paterna

Constituir una sociedad limitada o anónima, ampliar capital, nombrar administradores o cambiar los estatutos se formaliza en una escritura pública ante notario, que después se inscribe en el Registro Mercantil.

Para empezar, tenga a mano:

  • DNI o NIE de los socios
  • Certificación negativa de denominación · Si procede

Puede adjuntarlos en el encargo online o aportarlos más adelante.

Cómo funciona

  1. Envíe los datos de los socios y de la sociedad, y los estatutos si ya los tiene.
  2. La notaría revisa los datos y prepara la escritura y los estatutos.
  3. Firma ante notario de los socios o de sus representantes, en la notaría o, en muchos casos, por videoconferencia.
  4. La escritura se presenta en el Registro Mercantil y la sociedad queda inscrita.

Preguntas frecuentes

¿Qué necesito para constituir una sociedad?

Los datos de todos los socios, el nombre que quiere para la empresa (con certificación del Registro Mercantil Central de que no está en uso), el objeto social, el capital y quién será administrador.

¿Cuánto capital hace falta?

Depende del tipo de sociedad. La notaría le explicará los mínimos y cómo se aporta el capital.

¿Puedo constituirla sin ir a la notaría?

En muchos casos, sí: la constitución y otros acuerdos de la sociedad pueden firmarse por videoconferencia a través del portal oficial del notariado, con una identificación electrónica válida. Hay excepciones, por ejemplo cuando se aportan bienes en lugar de dinero. La notaría le confirmará si su caso lo permite.

¿Cuánto tarda en estar inscrita?

El plazo depende del Registro Mercantil y de la documentación. La notaría le indicará una estimación.

¿Quiere hacer este encargo con nosotros?

Envíenos sus datos y la documentación por internet y le contactaremos para prepararlo.

Hacerlo online

Información general. La notaría revisará su caso concreto.